Normativa SEPA. Transferencias y domiciliaciones.

A partir del 1 de Febrero de 2014 todas las transferencias y domiciliaciones bancarias se realizarán de acuerdo con las reglas de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA - Single Euro Payments Area) que comprende 33 países europeos (Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco).
 
Una de las  principales novedades será que para realizar o recibir transferencias a o desde una cuenta bancaria tendremos que conocer obligatoriamente el código IBAN (Código Internacional de Cuenta Bancaria). Esta información la puede obtener de su banco o consultando la correspondencia bancaria. Por lo tanto, ya no será válido el antiguo Código de Cuenta de Cliente (CCC).
 
Igualmente, para ordenar la domiciliación de recibos (adeudo) será necesario, entre otras cosas, conocer el código IBAN del deudor y que el acreedor obtenga la nueva orden de domiciliación firmada, caso de no poseerla.
 
Naturalmente, la Regulación SEPA afecta a todos los ciudadanos. Pero, además, en el caso de las tiendas online o tiendas virtuales, la repercusión es aún mayor al obligarnos a adaptar las formas de pago de nuestras tiendas para poder realizar cobros a los clientes.
 
Para más información sobre la Regulación SEPA puede consultar la siguiente página oficial: http://www.sepaesp.es/sepa/es/
 

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