Los requisitos legales necesarios para crear una tienda online y poder vender en internet constituyen, a tenor de las consultas recibidas, un aspecto muy importante para emprendedores, empresarios y, en general, para cualquier persona que desee montar un negocio online. Pero no solo eso, para que, hoy en día, se pueda finalizar con éxito una venta es fundamental mostrar en la web del vendedor, de manera visible y clara, su información fiscal/legal, una completa información de los productos puestos a la venta y sus caracterísitcas, así como las restantes condiciones de compra de forma que transmitamos seguridad y confianza a los potenciales clientes e internautas.
Pues bien. para poder crear una tienda online (tienda virtual o tienda en línea), en principio, no hay que cumplir ningún requisito especial. Puede ser titular de la tienda o comercio online cualquier persona física dada de alta como profesional autónomo, cualquier sociedad (limitada, anónima, cooperativa, etc.), asociación o entidad legal, etc. Todos ellos deben cumplir la legislación (fiscal, relativa a protección de datos, comercio electrónico, etc.) propia del país en el que se va a ejercer la venta.
Para la venta por internet, básicamente hay que cumplir los mismos requisitos que se le exigen a las tiendas físicas, con la única salvedad de que las tiendas online no tienen que cumplir los trámites y gestiones de licencias, impuestos y pagos exigidos a las tiendas a pie de calle. Lo cual ya, de por sí, supone la ventaja más importante. Estamos hablando de un extraordinario ahorro de gastos y tiempo perdido (y los consiguientes sinsabores) para la consecución de dichas licencias y permisos.
Mencionamos a continuación aquella normativa legal que deben cumplir los propietarios o prestatarios de las tiendas virtuales que pretenden obtener una contraprestación económica por la venta de productos a clientes o por la prestación de servicios a usuarios (también están obligados al cumplimiento de las leyes aquellas webs que reciban una aportación económica por la publicidad en su sitio):
1. LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. ley 34/2002, de 11 de julio). Según la cual es obligatorio dar a conocer un conjunto de datos tales como: Nombre o Denominación Social, Dirección, datos de contacto, NIF/CIF, precio de los productos/servicios, condiciones para la compra, tranporte y entrega de los productos, si existe un contrato debe darse a conocer previamente a la comnpra, etc.
2. LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos, ley 15/1999, de 13 de diciembre). Mediante esta ley se creó el organismo AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) encargado de velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y el control de su aplicación (especialmente en lo relativo a los derechos de información, acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos). Si nuestra tienda virtual va a guardar datos privados de clientes, usuarios, etc., deberemos guardar dichos datos en un fichero y notificarlo a la AEPD.
3. Ley de Ordenación del Comercio Minorista (ley 7/1996, de 15 de enero), referida a todas aquellas ventas que se realizan a distancia (sin presencia física simultánea de comprador y vendedor). En ésta se detalla la información que, con la suficiente antelación, el vendedor deberá poner a disposición del comprador: Identidad y dirección del vendedor, características del producto, precio e impuestos, formas de pago, gastos de entrega y transporte, etc.
Además, también puede ser de aplicación la siguiente normativa legal: Código Cvil; Ley sobre Condiciones Generales de Contratación (ley 7/1998 de 13 de Abril) relacionada con las condiciones de contratación justas y equitativa entre vendedor online y comprador, usuario o contratante del bien o servicio; Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (ley 26/1984, de 19 de julio); Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo (ley 23/2003, de 10 de julio); Ley de Firma Electrónica (ley 59/2003, de 19 de diciembre); y otras.
Dado que toda la normativa legal a que hemos hecho referencia es aplicable a España, desde Tiendy siempre aconsejamos consultar con la Autoridad Económica-Fiscal (Hacienda), entidades como la Seguridad Social, etc., y con Asesorías profesionales del país en el que se pretende vender de forma que nos puedan informar sobre los pasos a dar en función del negocio online a desarrollar.
Dejar un comentario…
Gema: Interesante... Amazon no para Tiendy!!
MARCE: Todo trabajo tiene que pagar Seguridad Social,...
Victor: Definitivamente es una excelente opcion de...